Los ausentes en la «Ley Lleras»

La rápida aprobación de la “Ley Lleras” deja importantes vacíos en la regulación de los derechos de autor, y es que si bien es cierto que ésta fue una modificación de algunos artículos de la Ley 23 de 1982, la creación de otros tantos tan sólo es una copia mal traducida del Digital Millennium Copyright Act (DMCA por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos, tratando de adaptarlo a la tradición jurídica colombiana y a la normatividad vigente.  Así lo expresa el abogado especialista en derechos de autor, Oscar Daniel Gómez, en su articulo Ley Lleras” para Ciudadanos, “Piratas” y sobre por qué a usted le debería interesar, en la página redpatodos.co

La prohibición de la retransmisión de señales de televisión por internet, la transmisión del 30% de programas nacionales cuando antes era un 50% y  la protección del derecho de autor de 50 a 70 años son unos de los puntos que dejan grandes vacíos en esta Ley pues se ven violentados los derechos fundamentales y la posibilidad de implementar, modificar o adaptar grandes ideas tecnológicas en nuestro país.

Para Juan Francisco Ortega escritor de la razonpublica.com en su artículoA propósito de la Ley Lleras: vacíos y aciertos”, uno de los grandes elementos ausentes en el proyecto presentado es precisamente el de un tratamiento más estricto de las excepciones:
· El préstamo público.
· La parodia.
· El uso incidental –de una importancia extrema en el nuevo entorno digital–
· La excepción de minusvalía (a título de ejemplo, el hecho de que una asociación de ciegos no tenga que pagar el derecho de transformación para “traducir” una obra al lenguaje Braille).
· Una correcta estipulación de la excepción de cita o de ilustración

La regulación  de los contenidos digitales en un contexto real, no necesita tomar decisiones tan radicales y con tanta restricción para el tema de derechos de autor, si bien es cierto que está en caminada a la “piratería” olvidaron otro aspecto fundamental y es el uso de herramientas que van más allá de imágenes, textos o videos y es el fortalecimiento de una comunicación sin barreras.

El Creative Commons, por ejemplo, demuestra un intercambio regulado de los contenidos digitales y permite a muchas personas crear y aprender a partir del conocimiento del otro.

Para el abogado Oscar Daniel Gómez, la ley debe ser una verdadera reforma al derecho de autor en Internet en Colombia, debe reconocer que el derecho de autor busca la protección a la explotación de las obras con el propósito de proteger el acceso a la cultura y el conocimiento.

Cibergrafía

Oscar Daniel Gómez. Ley Lleras” para Ciudadanos, “Piratas” y sobre por qué a usted le debería interesar.
http://redpatodos.co/blog/427/
(Consultado el 18 de agosto de 2012)

Juan Francisco Ortega.A propósito de la Ley Lleras: vacíos y aciertos
http://www.razonpublica.com/index.php/politica-y-gobierno-temas-27/2835-a-proposito-de-la-ley-lleras-vacios-y-aciertos-.html
(Consultado el 18 de agosto de 2012)

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